Objeto y finalidad
Subvenciones de la ADER de hasta el 40% destinadas a la implantación de herramientas y sistemas TIC para la digitalización y la industria 4.0 en empresas de La Rioja. La convocatoria cuenta con un presupuesto de 1.000.000 € y el plazo de solicitud finaliza el 30 de octubre de 2026.
Para qué es la ayuda
El programa busca modernizar las empresas y sus procesos mediante la implantación de software, aplicaciones, sistemas y herramientas TIC que supongan un salto cualitativo en la digitalización de la organización, tanto de aplicación industrial como de gestión, y el despliegue de planes de Industria 4.0.
Quién puede pedirla
Empresas (personas físicas o jurídicas) válidamente constituidas con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja, que ejerzan su actividad económica en dicha región y estén dadas de alta en el IAE al cierre de la convocatoria. También pueden ser beneficiarias las asociaciones con carácter de centro tecnológico y las asociaciones y fundaciones de carácter privado.
Plazos para solicitarla
Desde el día de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja a las 9:00 horas hasta el 30 de octubre de 2026 a las 14:00 horas.
En qué consiste la ayuda
La intensidad de la ayuda es del 40% de los costes subvencionables bajo el régimen de minimis. Se exige una inversión y/o gasto mínimo subvencionable de 50.000 € por proyecto. El presupuesto total de la convocatoria asciende a 1.000.000 €.
- Tipo de ayuda: subvención - Gasto mínimo subvencionable: 50.000 € - Intensidad — Intensidad general de la ayuda (régimen de minimis): 40% - Presupuesto total de la convocatoria: 1.000.000 €
Qué gastos o acciones cubre (texto literal de la convocatoria)
a.1) Será subvencionable la implantación del software, aplicaciones, sistemas y herramientas TIC, así como de su posible integración en sistemas más completos y transversales, en los distintos ámbitos de gestión de la empresa, como pueden ser la cadena de suministro, de producción, la logística, la gestión de la contabilidad, los RRHH, la gestión del conocimiento, de los clientes, o de los productos-servicios a lo largo de su vida útil. En concreto, la implantación de alguno/s de los siguientes elementos:
a) Sistemas integrados de gestión (ERP) y/o sistemas de gestión comercial o gestión de clientes (CRM).
b) Sistemas de gestión logística interna y externa (SCM, SGA, MRP, Gestión de flotas).
c) Plataformas de integración de software y software de gestión de procesos (BPM u otras).
d) Software de gestión de la cadena de valor de la empresa, como pueden ser sistemas de gestión del ciclo de vida de productos y servicios de soporte remoto de productos (PLM, PDM).
e) Aplicaciones de conectividad y escalabilidad, como puedan ser aplicaciones de virtualización de servidores, de acceso a la nube, de acceso remoto, de gestión de dispositivos tablet o similares.
f) Plataformas colaborativas.
g) Aplicaciones, plataformas o sistemas basadas en IA para la gestión óptima de la empresa, como pueden ser aplicaciones Business Intelligence, el desarrollo de gemelos digitales, u otras.
h) Plataformas de realidad virtual y realidad aumentada.
i) Software de gestión: aplicaciones para gestión, contabilidad, presupuestos, facturación, TPV, RRHH, etc.
j) Software de gestión documental y sistemas de gestión del conocimiento.
k) Herramientas de Vigilancia Tecnológica.
l) Sistemas de Seguridad de la información y de Ciberseguridad como pueden ser sistemas-herramientas para copias de seguridad, sistemas antivirus, plataformas de seguridad, cortafuegos, sistemas de acceso remoto seguro, sistemas de alimentación ininterrumpida.
m) Sistemas de Seguridad avanzados tales como el control de accesos a puntos críticos de las instalaciones por cuestiones de seguridad física de las personas, de los procesos o de la información o Know-How estratégico.
n) Software y aplicaciones de control industrial y/o logística para la implementación en los procesos industriales de planta y/o de logística de sistemas necesarios para su control, monitorización e integración con otros sistemas.
o) Aplicaciones o sistemas de Visión artificial inteligente.
p) Aplicaciones o sistemas de Robótica inteligente.
q) Aplicaciones y software de diseño y desarrollo (diseño industrial, simulación, cálculo, otras aplicaciones).
r) Aplicaciones o sistemas de digitalización en el ámbito de la Industria 4.0.
s) Otros software o aplicaciones de gestión, de control industrial, control de procesos o de productos.
[...]
a.2) Así mismo será subvencionable la adquisición e implementación de todos aquellos nuevos elementos activos materiales necesarios para el desarrollo e implantación del software, aplicaciones, sistemas y herramientas TIC anteriormente descritos en el apartado a.1), tales como:
a) Hardware o elementos necesarios como puedan ser tarjetas PC, sistemas embebidos, sistemas electrónicos, dispositivos móviles, terminales, pantallas, elementos de sensorización, etc.
b) Equipos informáticos u otros equipos.
c) Equipos o elementos que componen las estructuras o red de comunicación de soporte (VLAN o wifi) como puedan ser el sistema y soporte cableado, antenas, routers, switches, tarjetas inter-fase, tarjetas Ethernet, etc.
a.3) Se considerarán también subvencionables los servicios de consultoría experta externa, comprendiendo servicios de asesoramiento, consultoría, asistencia, y formación y coach necesarios para el desarrollo de las actuaciones previstas.
Resumen por categorías
- Software y aplicaciones TIC: Sistemas integrados de gestión (ERP); Gestión comercial o de clientes (CRM); Sistemas de gestión logística (SCM, SGA, MRP); Plataformas de integración de software y BPM; Aplicaciones basadas en IA y Business Intelligence; Software de ciberseguridad y control industrial - Hardware y activos materiales: Tarjetas PC; Sistemas embebidos; Dispositivos móviles, terminales y pantallas; Elementos de sensorización; Equipos informáticos y de red (routers, switches, wifi) - Servicios externos: Consultoría experta externa; Servicios de asesoramiento y asistencia; Formación y coaching vinculados a la implantación
Ejecución del gasto
Mixto (admite gastos pasados y futuros) — Son subvencionables las actuaciones o inversiones realizadas a partir del 18 de octubre de 2025, incluido, lo que permite cubrir gastos anteriores y posteriores a la fecha de solicitud.
Plazo de ejecución
Las actuaciones deben realizarse a partir del 18 de octubre de 2025.
Cómo solicitarla
La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la ADER (http://www.ader.es/sede-electronica), requiriendo la obtención previa de una credencial de identificación y firma digital.
Documentación a presentar
- Formulario de solicitud telemático - Credencial de identificación obtenida en la sede electrónica de la ADER - Memoria descriptiva del proyecto y presupuesto detallado - Facturas y justificantes de gasto de las actuaciones realizadas - Declaración responsable o certificación de auditor de cuentas sobre el cumplimiento de los plazos de pago a proveedores (para subvenciones superiores a 30.000 €)
Exclusiones
- Sociedades civiles (excepto Sociedades Agrarias de Transformación) - Comunidades de bienes - Entidades del sector público - Empresas del sector de producción agrícola primaria (salvo transformación/comercialización al por mayor) - Empresas con actividad principal en CNAE 47 (Comercio al por menor) y CNAE 95 (Reparación de ordenadores y efectos personales) - Proyectos de software de propósito general (sistemas operativos, ofimática, correo electrónico) - Diseño y desarrollo de páginas web - Gastos de mantenimiento y cánones de equipamiento informático - Mobiliario de oficina - Impuestos, tasas y tributos (incluido el IVA) - Facturas con un coste elegible inferior a 300 euros
Encaje para pymes
Excelente oportunidad para PYMEs de La Rioja que vayan a realizar proyectos de digitalización de envergadura (inversión mínima de 50.000 €), con una atractiva subvención del 40% en régimen de minimis.
Sectores elegibles (CNAE)
Documentación
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